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- Fecha de creación 12/09/2024
- Última actualización 12/09/2024
Resumen: La Corte Constitucional acepta parcialmente la acción pública de inconstitucionalidad
presentada en contra del artículo 386 párrafo tercero numeral 1 del COIP. En su análisis,
determina que: (i) el extracto de la norma impugnada que prescribe “que realice un servicio
diferente para el que fue autorizado”, podría ser contrario al principio de mínima intervención
penal, derecho al trabajo y derecho a la libertad de empresa y libertad de contratación, por lo
tanto, será constitucional siempre que se entienda que el servicio de transporte de pasajeros o
bienes que realice el conductor cuente con una regulación que prevea la posibilidad de obtener la
respectiva autorización; y, (ii) el extracto que reza “y retención del vehículo por el plazo mínimo
de siete días”, es inconstitucional por ser contrario al principio de legalidad sancionatoria en la
dimensión de taxatividad, debido a que no determina un plazo máximo para la sanción, por lo
tanto, se lo sustituye por el siguiente texto “y retención del vehículo por el plazo máximo de siete
días”.