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- Fecha de creación 10/12/2021
- Última actualización 10/12/2021
Sentencia No. 11-20-CN/21 (La proporcionalidad y la igualdad en la prescripción de la pena) Juez ponente: Ramiro Avila Santamaría
En mérito de lo expuesto, administrando justicia constitucional y por mandato de la Constitución de la República del Ecuador, el Pleno de la Corte Constitucional, al responder las consultas de norma por parte de la jueza y el juez consultantes, dispone:
1. Declarar la inconstitucionalidad de las palabras “máximo” y “el tipo penal” del artículo 75 (1) del Código Orgánico Integral Penal.
2. El artículo 75 (1) del COIP, hasta que la Asamblea Nacional no adecúe la norma a esta sentencia, dirá: Prescripción de la pena.- La pena se considera prescrita de conformidad con las siguientes reglas:
1. Las penas restrictivas de libertad prescribirán en el tiempo de la pena privativa de libertad impuesta en la sentencia condenatoria más el cincuenta por ciento.