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- Fecha de creación 15/05/2023
- Última actualización 15/05/2023
Tema: La Corte Constitucional emite la presente sentencia con efectos generales, a la luz de los casos seleccionados, y determina que la falta de citación de multas de
tránsito detectadas por medios tecnológicos es un asunto que debe ser resuelto por la vía de impugnación ordinaria prevista en el artículo 644 del Código Orgánico Integral Penal, en consideración de las reglas de la sentencia No. 71-14-CN/19. A su vez, la Corte establece que los jueces y juezas ordinarios deben realizar una
consideración integral de las normas y la jurisprudencia vigentes, tomando en cuenta que también están obligados a garantizar derechos constitucionales en el marco de sus funciones.