Sentencia de acción de protección por vulneración al derecho a la seguridad jurídica, debido proceso y defensa.
“En el presente caso, según consta en los documentos señalados, el SENAE realiza un procedimiento de control posterior relacionado a un presunto delito contra la administración aduanera sin observar normativa de rango orgánico prevista en el COIP, procedimiento que no es notificado efectivamente a la ciudadana objeto de este control y sin permitirle contar con un mínimo de tiempo necesario para, en un primer momento, acudir al local comercial que estaba siendo objeto de control aduanero y, en un segundo momento, presentar toda la documentación que le sea requerida al momento de dicho control, lo que claramente se constituye en una reiterada vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, debido proceso y defensa. Pues el procedimiento administrativa seguido por el SENAE, al igual que todo procedimiento legal, debe respetar los derechos humanos inherentes a todas las personas, lo cual en el presente caso no ocurre, pues como queda analizado se inobservó normas previas, claras, públicas y se vulneró el derecho fundamental al debido proceso en su garantía del derecho a la defensa.”